Art. Disposición transitoria segunda
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Art. Disposición transitoria segunda

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En vigor desde 20 ene 2012
En tanto no se produzca el desarrollo reglamentario de esta ley, continuarán en vigor todas aquellas disposiciones de la Ley 2/1999, de 31 de marzo, de Sociedades Cooperativas Andaluzas que no se opongan o contradigan lo dispuesto en aquella.
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