Art. Nota inicial
En vigor desde 30 mar 2022
Téngase en cuenta que quedan derogadas, con efectos de 30 de marzo de 2022, las disposiciones referidas a los contratos temporales previstos en el artículo 15.1.a) del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, según la redacción del precepto previa a la entrada en vigor del apartado tres del artículo primero, contenidas en la presente norma, según establece la disposición derogatoria única.3 del Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2021-21788#dd
Tus anotaciones
Proeli/es/l/2011/06/01/14#nota-inicial-no