Art. Disposición adicional decimoctava
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición adicional decimoctava

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En vigor desde 1 sept 2023
(Derogada) Téngase en cuenta que esta disposición se deroga, con efectos de 1 de septiembre de 2023, por la disposición derogatoria única.f) del Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, Ref. BOE-A-2023-625#dd , según establece su disposición final 13. Redacción anterior: "Se establece una reducción del 30% de la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes en la cotización relativa al personal investigador contratado bajo la modalidad de contrato predoctoral establecida en el artículo 21 de esta ley, que quedará acogido al Régimen General de la Seguridad Social." Se deroga, con efectos de 1 de septiembre de 2023, por la disposición derogatoria única.f) del Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero. Ref. BOE-A-2023-625#dd

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eli/es/l/2011/06/01/14#disposicion-adicional-decimoctava