Art. Disposición transitoria sexta
Título TÍTULO VIIICapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición transitoria sexta

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En vigor desde 15 jun 2011
Los expedientes sancionadores que se encuentren en tramitación a la entrada en vigor de la presente Ley continuarán tramitándose conforme a lo establecido en la legislación vigente en el momento en que se cometió la infracción.
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