Art. 63
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IX

Art. 63

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En vigor desde 2 jul 2010
No está permitido vender ni alquilar a niños o adolescentes materiales audiovisuales o multimedia, como videojuegos u otros, que contengan mensajes contrarios a los derechos y a las libertades fundamentales reconocidos por el ordenamiento jurídico vigente, que inciten a la violencia y a actividades delictivas, al consumo de sustancias que puedan generar dependencia, a cualquier tipo de discriminación o que tengan contenido pornográfico. Asimismo, no está permitido proyectar estos materiales en locales o espectáculos en los que se admite la asistencia de niños o adolescentes ni difundirlos entre estos por cualquier medio, ni tampoco ofrecerlos o exponerlos de modo que estén libremente a su alcance.
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