Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 31
31 / 185En vigor desde 2 jul 2010
1. Los niños y los adolescentes tienen derecho a la libertad de expresión en los términos constitucionalmente establecidos. Esta libertad de expresión tiene su límite en la protección de la intimidad y la imagen del propio niño o adolescente.
2. El derecho a la libertad de expresión de los niños y adolescentes se extiende especialmente a:
a) La publicación y difusión de sus opiniones.
b) La edición y producción de medios de difusión.
c) El acceso a las ayudas que las administraciones públicas establezcan con el fin de fomentar la libertad de expresión.
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Proeli/es-ct/l/2010/05/27/14#art-31