Art. 61
Título TÍTULO VIII

Art. 61

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En vigor desde 30 jun 2011
1. Se creará una Comisión de Cooperación Interadministrativa entre las administraciones públicas responsables de la gestión del Sistema Público de Servicios Sociales, con el objeto de articular la colaboración entre ellas. 2. Las funciones de esta Comisión, su composición y funcionamiento se determinarán reglamentariamente.
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eli/es-cm/l/2010/12/16/14#art-61