Art. 23
Título TÍTULO II

Art. 23

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En vigor desde 8 ene 2008
La Consejería competente en materia de patrimonio histórico está facultada para inspeccionar en todo momento el desarrollo de las labores de conservación, restauración y rehabilitación de los bienes que formen parte del Patrimonio Histórico Andaluz.
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eli/es-an/l/2007/11/26/14#art-23