Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 10
10 / 137En vigor desde 8 ene 2008
La modificación o cancelación de la inscripción de un bien en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz se realizará siguiendo el procedimiento establecido en esta Ley para su inscripción.
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Proeli/es-an/l/2007/11/26/14#art-10