Art. 83
Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO I

Art. 83

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En vigor desde 15 nov 2006
Las federaciones deportivas de las Illes Balears colaborarán con la administración autonómica en la formación del personal técnico deportivo y en las otras acciones formativas se determinen por vía reglamentaria.
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eli/es-ib/l/2006/10/17/14#art-83