Art. 50
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO III

Art. 50

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En vigor desde 15 nov 2006
El régimen jurídico de las agrupaciones deportivas se determinará reglamentariamente y se inspirará en el de los clubes deportivos o en el de las federaciones deportivas.
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eli/es-ib/l/2006/10/17/14#art-50