Art. 40
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IV

Art. 40

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En vigor desde 15 nov 2006
Son competiciones de carácter federado las promovidas, organizadas o tuteladas por las federaciones deportivas de las Illes Balears. Estas competiciones pueden ser de ámbito internacional, estatal, autonómico, insular y local, con participación de deportistas profesionales o no profesionales.
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