Art. 33
Título TÍTULO II

Art. 33

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En vigor desde 21 jul 2003
1. El Inventario de productos de la tierra es una relación, que el departamento competente en materia agroalimentaria debe elaborar y mantener actualizada, de los productos agroalimentarios típicos y tradicionales de las comarcas de Cataluña, independientemente de que estén o no protegidos, mediante un distintivo referido al origen y la calidad del producto. 2. El objetivo principal del Inventario de productos de la tierra es preservar y revalorizar este patrimonio, efectuando su caracterización y su seguimiento histórico.
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eli/es-ct/l/2003/06/13/14#art-33