Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 134
134 / 164En vigor desde 18 ago 2002
La Comunidad Autónoma de Castilla y León coordinará la actuación de las Entidades Locales en materia de atención y protección a la infancia en el marco de la planificación regional y de acuerdo con las reglas, procedimientos y cauces establecidos en la Ley de Acción Social y Servicios Sociales, en la Ley de Régimen Local de Castilla y León, en la presente norma y en las disposiciones vigentes sobre esta materia.
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Proeli/es-cl/l/2002/07/25/14#art-134