Ley 14/2001, de 29 de octubre, de atribución de competencias a los Consejos Insulares en materia de Servicios Sociales y Seguridad Social
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Ley 14/2001, de 29 de octubre, de atribución de competencias a los Consejos Insulares en materia de Servicios Sociales y Seguridad Social
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Disposición general
Competencias en materia de control administrativo de entidades, servicios y centros de servicios sociales
Adaptación y ampliación de las funciones transferidas a los consejos insulares por la Ley 12/1993, de 20 de diciembre
Servicios y centros cuya titularidad se traspasa a los consejos insulares, por lo que respecta a la ampliación de los servicios transferidos por la Ley 12/1993, de 20 de diciembre
Competencias en materia de gestión de las prestaciones y servicios sociales del Sistema de la Seguridad Social
Centros y servicios respecto de los cuales los consejos insulares se subrogan para el ejercicio de las competencias transferidas
Potestades que se reservan el Gobierno y la Administración de las Illes Balears
De la potestad reglamentaria
Disposiciones comunes
Delegación a los ayuntamientos
Valoración del coste efectivo
Medios personales
Bienes, derechos y obligaciones