Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO XVI
Art. Disposición final segunda
137 / 137En vigor desde 1 ene 2001
La presente Ley entrará en vigor el día 1 de enero de 2001.
Redactada la rúbrica conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 155, de 29 de junio de 2001. Ref. BOE-A-2001-12536 .
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Proeli/es/l/2000/12/29/14#disposicion-final-segunda