Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición final primera
29 / 30En vigor desde 28 dic 2000
Se autoriza al Gobierno de las Illes Balears para que dicte las disposiciones reglamentarias necesarias para el desarrollo y la aplicación de esta Ley.
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Proeli/es-ib/l/2000/12/21/14#disposicion-final-primera