Título TÍTULO I
Art. 1
1 / 43En vigor desde 6 may 1999
1. La presente Ley tiene por objeto la regulación de las tasas y precios públicos por prestación de servicios y realización de actividades del Consejo de Seguridad Nuclear.
2. Las tasas y precios públicos exigibles por el Consejo de Seguridad Nuclear serán de aplicación en todo el territorio español.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/l/1999/05/04/14#art-1