Art. 38
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO I

Art. 38

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En vigor desde 28 ene 1999
Las actas e informes de los servicios de inspección harán fe, salvo prueba en contrario, sin perjuicio del deber de aportar todos los elementos probatorios que sean posibles sobre el hecho denunciado.
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eli/es-ar/l/1998/12/30/14#art-38