Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 4
4 / 40En vigor desde 1 ene 1998
Se crea el Instituto Valenciano de Estadística como entidad autónoma de carácter administrativo dotada de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, adscrito a la Consejería de Economía, Hacienda y Administración Pública, y que tiene por objeto el impulso, organización y dirección de la actividad estadística de interés para la Generalidad en el marco previsto en la Ley 5/1990, de 7 de junio, de Estadística de la Comunidad Valenciana.
El Instituto Valenciano de Estadística gozará de la capacidad funcional necesaria para garantizar su neutralidad operativa en el desarrollo de la metodología estadística, la publicación y difusión de resultados, el diseño de normas reguladoras de las estadísticas y en la preservación del secreto estadístico.
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Proeli/es-vc/l/1997/12/26/14#art-4