Art. 4
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IV

Art. 4

4 / 40
En vigor desde 1 ene 1998
Se crea el Instituto Valenciano de Estadística como entidad autónoma de carácter administrativo dotada de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, adscrito a la Consejería de Economía, Hacienda y Administración Pública, y que tiene por objeto el impulso, organización y dirección de la actividad estadística de interés para la Generalidad en el marco previsto en la Ley 5/1990, de 7 de junio, de Estadística de la Comunidad Valenciana. El Instituto Valenciano de Estadística gozará de la capacidad funcional necesaria para garantizar su neutralidad operativa en el desarrollo de la metodología estadística, la publicación y difusión de resultados, el diseño de normas reguladoras de las estadísticas y en la preservación del secreto estadístico.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-vc/l/1997/12/26/14#art-4