Art. 23
Título TÍTULO IV

Art. 23

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En vigor desde 1 ene 1998
Se crea el Comité de Dirección del Tráfico, que está integrado por el director o directora general de Seguridad Ciudadana y la persona titular de la Dirección del Servicio Catalán de Tráfico, con mandos y personal directivo de ambos organismos, de acuerdo con lo establecido por reglamento.
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eli/es-ct/l/1997/12/24/14#art-23