Art. Disposición adicional segunda
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 2.ª Del Registro Municipal de Entidades

Art. Disposición adicional segunda

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En vigor desde 30 jun 2026
(Derogada) Se deroga por la disposición derogatoria única de la Ley 3/2026, de 16 de junio. Ref. BOE-A-2026-17189#dd Se modifica por el de la Ley 8/2001, de 3 de diciembre. Ref. BOE-A-2002-1379 Se numera el párrafo existente como apartado 1 y se añaden los apartados 2 y 3 por el de la Ley 4/1996, de 5 de noviembre. Ref. BOE-A-1996-26158 Redactado conforrme a la corrección de errores publicada en el BOC num. 7, de 15 de enero de 1997. Ref. BOE-A-1997-2168

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cn/l/1990/07/26/14#disposicion-adicional-segunda