Art. 90
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 9.ª De las comisiones especiales

Art. 90

Derogado93 / 188
En vigor desde 21 ago 1990
La Comisión Especial de Cuentas tiene por objeto supervisar todas las cuentas municipales, emitiendo informes preceptivos sobre las mismas.
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eli/es-cn/l/1990/07/26/14#art-90