Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 2.ª Del Alcalde
Art. 63
Derogado66 / 188En vigor desde 21 ago 1990
El Alcalde es el Presidente de la Corporación, representa al Ayuntamiento, dirige el Gobierno y la Administración municipal y convoca y preside las sesiones del Pleno, de la Comisión de Gobierno, en su caso, y de cualesquiera otros órganos municipales de carácter colegiado.
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Proeli/es-cn/l/1990/07/26/14#art-63