Art. 26
Título TÍTULO II

Art. 26

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En vigor desde 21 ago 1990
La Administración de la Comunidad Autónoma sirve con objetividad los intereses generales, actúa de acuerdo con los principios constitucionales y estatutarios y con sometimiento pleno a la Ley y al Derecho.
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eli/es-cn/l/1990/07/26/14#art-26