Art. 30
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO III

Art. 30

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En vigor desde 20 ene 2026
1. Las bases reguladoras de subvenciones, becas y cualquier otro tipo de ayuda pública que convoquen las administraciones públicas o cualquier organismo o entidad del sector público deben incorporar la perspectiva LGBTI. 2. Las administraciones públicas y todos los organismos y entidades del sector público deben establecer mecanismos de evaluación y seguimiento que aseguren el cumplimiento efectivo de las medidas valoradas en la oferta de subvenciones, becas y cualquier otro tipo de ayuda pública.
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eli/es-ct/l/2025/12/29/13#art-30