Art. 86
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO XI

Art. 86

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En vigor desde 18 abr 2023
El Gobierno de Aragón orientará sus políticas sectoriales de manera transversal hacia la extensión de derechos y deberes de la población migrante desde la óptica de la inclusión social, la convivencia y el ejercicio de la ciudadanía, especialmente en el medio rural, con el fin de superar las situaciones de dificultad y vulnerabilidad mediante el impulso de acciones de acompañamiento, información, acceso a la vivienda, universalización de la sanidad, escolarización, documentación y trabajo digno.
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