Título TÍTULO X
Art. Disposición final tercera
182 / 188En vigor desde 9 jul 2022
La Ley 17/2006, de 5 de junio, de la radio y la televisión de titularidad estatal, queda modificada como sigue:
Uno. El artículo 4 queda modificado del siguiente modo:
«Las Cortes Generales aprobarán mandatos-marco a la Corporación RTVE en los que se concretarán los objetivos generales de la función de servicio público que tiene encomendados. Los mandatos-marco tendrán una vigencia de ocho años prorrogable. Los objetivos aprobados en el mandato-marco serán desarrollados cada cuatro años en los contratos-programa acordados por el Gobierno con la Corporación RTVE.»
Dos. El apartado 1.a) del artículo 32, queda modificado del siguiente modo:
«a) Los objetivos específicos a desarrollar por la Corporación en el ejercicio de la función de servicio público encomendada por el Estado para un período de cuatro años prorrogable.»
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Proeli/es/l/2022/07/07/13#disposicion-final-tercera