Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 1.ª Derecho a realizar comunicaciones comerciales audiovisuales
Art. 125
125 / 188En vigor desde 9 jul 2022
Sin perjuicio de lo establecido en esta ley, se aplicará la normativa específica a las comunicaciones comerciales audiovisuales relativas, entre otras cuestiones, a:
a) Publicidad institucional.
b) Protección del medio ambiente.
c) La seguridad de las personas.
d) Servicios bancarios y financieros.
e) Productos alimenticios.
f) Participación política y propaganda electoral.
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Proeli/es/l/2022/07/07/13#art-125