Título TÍTULO IV
Art. 60
60 / 82En vigor desde 30 dic 2018
Se consideran infracciones leves las siguientes:
a) Realizar actuaciones sometidas a autorización administrativa sin haberla obtenido, en los casos en que las actuaciones puedan legalizarse posteriormente.
b) Incumplir alguna de las prescripciones que imponen las autorizaciones otorgadas si el incumplimiento puede legalizarse.
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Proeli/es-ib/l/2018/12/28/13#art-60