Art. Disposición transitoria segunda

Art. Disposición transitoria segunda

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En vigor desde 1 ene 2019
El título IV y aquellos otros preceptos referentes al régimen de concertación del Decreto 151/2006, de 31 de julio, por el que se regula el Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura (MADEX), mantendrán su vigencia en tanto produzcan efectos los conciertos suscritos al amparo del mismo.
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