Art. Disposición final primera
Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición final primera

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En vigor desde 11 nov 2017
Se modifica el artículo 96 de la Ley 6/2011, de 1 de abril, de movilidad de la Comunitat Valenciana, que queda redactado en los siguientes términos: «Articulo 96. Las infracciones de las normas reguladas en relación con los servicios de transporte de viajeros se clasifican en muy graves, graves y leves. Las infracciones en materia de compatibilidad de las infraestructuras de transporte con el entorno se clasifican en muy graves y graves.»
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