Título TÍTULO VII›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 79
79 / 125En vigor desde 31 ago 2016
Las actividades de inspección, control y verificación del cumplimiento de la presente ley y de las disposiciones que la completen o la desarrollen corresponden a la Administración turística de Euskadi.
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Proeli/es-pv/l/2016/07/28/13#art-79