Art. 41
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO VII

Art. 41

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En vigor desde 17 jul 2015
De conformidad con lo establecido por la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, deben publicarse los datos de todas las entidades proveedoras de servicios incluidas en el artículo 14, sea cual sea el importe del servicio, así como el presupuesto y liquidación correspondientes.
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