Art. Disposición final tercera
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO XIV

Art. Disposición final tercera

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En vigor desde 1 ene 2016
Conforme a lo previsto en la disposición final única de la Ley 1/2012, de 29 de febrero, de medidas temporales en determinadas materias del empleo público de la Comunidad Autónoma de Galicia, se mantienen las medidas contenidas en los artículos 3, 5.1, 5.2, 6, 7 y 8 de la citada ley.
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