Art. 52
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO XI

Art. 52

52 / 66
En vigor desde 1 ene 2016
Uno. La Consejería de Economía e Industria, a través de la Agencia Gallega de Innovación, impulsará la elaboración de una guía para la gestión de la transferencia en el Sistema gallego de ciencia y tecnología que facilitará a los organismos, unidades y entidades integrantes del mismo la aplicación de los fundamentos, modelos de gestión, y herramientas relevantes en los procesos de gestión de la transferencia. Dos. La guía tendrá en cuenta los elementos a tomar en consideración por una entidad pública a la hora de abordar su actividad de transferencia de tecnología, y contemplará, entre otros, los aspectos relativos a: Entorno normativo. Modelos organizativos de gestión tecnológica e innovación. Herramientas de protección de los resultados de la investigación tales como la propiedad intelectual e industrial. Fórmulas de explotación de los resultados de la investigación. Sistemas de vigilancia tecnológica para la gestión estratégica de la información científico-tecnológica. Modelos para la creación de empresas de base tecnológica participadas por centros públicos de investigación. Marketplace: intermediación tecnológica como herramienta para la difusión y explotación de capacidades y resultados de investigación. Cooperación tecnológica para el trabajo en red dirigido a conectar capacidades tecnológicas y resultados de investigación para la consecución de ventajas competitivas con alcance internacional. Instrumentos financieros para la innovación y la transferencia.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ga/l/2015/12/24/13#art-52