Art. 1
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO I

Art. 1

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En vigor desde 1 ene 2016
Se modifica el artículo 4 del texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por el Decreto legislativo 1/2011, de 28 de julio, que queda redactado como sigue: «Artículo 4. Escala autonómica o complementaria del impuesto sobre la renta de las personas físicas. La escala autonómica aplicable a la base liquidable general del impuesto sobre la renta de las personas físicas será la siguiente: Base liquidable – Hasta euros Cuota íntegra – Euros Resto base liquidable – Hasta euros Tipo aplicable – Porcentaje 0,00 0,00 12.450,00 9,50 12.450,00 1.182,75 7.750,00 11,75 20.200,00 2.093,38 7.500,00 15,50 27.700,00 3.255,88 7.500,00 17 35.200,00 4.530,88 12.400,00 18,50 47.600,00 6.824,88 12.400,00 20,5 60.000,00 9.366,88 En adelante 22,50».
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