Art. 68
Título TÍTULO VII

Art. 68

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En vigor desde 5 nov 2014
Las infracciones son objeto de las siguientes sanciones: a) Infracciones leves: desde un mínimo de 301 euros hasta un máximo de 6.000 euros. b) Infracciones graves: desde un mínimo de 6.001 euros hasta un máximo de 30.000 euros. c) Infracciones muy graves: desde un mínimo de 30.001 euros hasta un máximo de 300.000 euros.
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