Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 25
27 / 53En vigor desde 1 ene 2019
Durante los procesos electorales será de aplicación la legislación electoral. El órgano de comunicación con la Administración electoral será la Junta de Control del ente público RTVC a través de su Dirección General o personas delegadas.
Se modifican las referencias indicadas por el art. único.1 de la Ley 6/2018, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2019-859
Tus anotaciones
Proeli/es-cn/l/2014/12/26/13#art-25