Art. Disposición final tercera
Capítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición final tercera

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En vigor desde 16 jul 2014
Se modifica la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014 que queda redactada como sigue: Uno. Se añade un nuevo apartado Tres al artículo 48 con la siguiente redacción: «El límite de endeudamiento del Estado establecido conforme a lo dispuesto en los apartados anteriores se incrementa en el importe de la deuda del Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores asumida por la Administración General del Estado conforme a lo establecido en la Ley 13/2014, de transformación del Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores.» Dos. Se modifica el anexo III de la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014 suprimiéndose la siguiente rúbrica: «Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores, 47.500.000,00 miles de euros.»
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