Art. Disposición transitoria segunda

Art. Disposición transitoria segunda

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En vigor desde 5 jul 2012
En el plazo máximo de tres años, desde la adaptación de sus estatutos, la Agencia UNIBASQ deberá adecuar sus procedimientos, actuación y marco legal a fin de obtener su integración como miembro de pleno derecho en ENQA así como estar inscrita en el Registro Europeo de Agencias de Evaluación de Calidad EQAR. A tal fin el Gobierno Vasco remitirá al Parlamento Vasco las adaptaciones necesarias a la presente ley.
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