Art. Disposición final primera
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición final primera

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En vigor desde 21 dic 2010
A partir de la entrada en vigor de esta ley, las referencias a la Comisión Regional contra la Violencia hacia la Mujer deben entenderse hechas a la Comisión Autonómica contra la Violencia de Género.
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