Art. 8
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO I

Art. 8

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En vigor desde 21 dic 2010
Las medidas de sensibilización e investigación previstas en la presente ley se dirigen a fomentar un cambio de actitud en la sociedad favoreciendo la igualdad de mujeres y hombres, rompiendo estereotipos y comportamientos sexistas o discriminatorios hacia la mujer que fomentan y favorecen la violencia de género.
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eli/es-cl/l/2010/12/09/13#art-8