Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 37
37 / 56En vigor desde 21 dic 2010
Las mujeres víctimas de violencia de género del medio rural tendrán una atención específica para facilitar su acceso a los recursos previstos en la presente Ley.
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Proeli/es-cl/l/2010/12/09/13#art-37