Art. 51
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO ÚNICO

Art. 51

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En vigor desde 26 nov 2010
El centro directivo gestor de «1·1·2 Comunitat Valenciana» publicará una carta de servicios, en la que se establecerán los compromisos explícitos contraídos para la correcta ejecución de las funciones que desarrolla.
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