Art. 3
Capítulo CAPÍTULO I

Art. 3

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En vigor desde 17 jun 2010
1. Los principios generales del Plan estadístico de Cataluña 2011-2014 se corresponden con los fijados por el Código de buenas prácticas de las estadísticas europeas promulgado por la Recomendación de la Comisión, de 25 de mayo de 2005, relativa a la independencia, la integridad y la responsabilidad de las autoridades estadísticas de los estados miembros y de la comunidad. 2. El Plan estadístico regulado por la presente ley aplica los principios 3, 10 y 15 del Código de buenas prácticas, relativos a la óptima relación coste-eficacia, a la correcta adecuación de los recursos y a una mejor accesibilidad y claridad en la difusión estadística.
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eli/es-ct/l/2010/05/21/13#art-3