Art. 10
Capítulo CAPÍTULO III

Art. 10

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En vigor desde 17 jun 2010
El eje estratégico «Difusión estadística» se desarrolla en los siguientes objetivos generales: a) Servicios de difusión: prestar un conjunto de servicios que satisfagan las necesidades de los usuarios y de los medios de comunicación de recibir atención personalizada presencial, telefónica y, especialmente, por Internet, así como de realizar pedidos específicos. b) Estadísticas de síntesis: articular un sistema de indicadores estadísticos comparable con otros sistemas estadísticos estatales, europeos e internacionales, y elaborar publicaciones y productos de síntesis. c) Estadística territorial: potenciar la disponibilidad por Internet de información estadística con la máxima desagregación posible y de sistemas de georeferenciación estadística. d) Comunicación, promoción y divulgación de la estadística: difundir y promover el uso de la estadística oficial; conocer y evaluar las demandas y el grado de satisfacción de los usuarios; impulsar las innovaciones teóricas y aplicadas en el ámbito estadístico promoviendo su utilización, e incorporar procedimientos estadísticos en el análisis demográfico, económico y social.
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eli/es-ct/l/2010/05/21/13#art-10