Art. 18
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO V

Art. 18

18 / 129
En vigor desde 1 ene 2026
Se crea la Mesa del Comercio de Galicia como órgano colegiado consultivo de participación, asesoramiento y colaboración con la Administración autonómica en el fomento y ordenación de la actividad comercial. 2. La Mesa del Comercio de Galicia se adscribe a la consejería competente en materia de comercio. Se modifica por el .3 de la Ley 5/2025, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2026-3385 Se modifica el apartado 2 por el .1 de la Ley 9/2017, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2018-1753 Se modifica por el .1 de la Ley 2/2017, de 8 de febrero. Ref. BOE-A-2017-3823#a4-10

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ga/l/2010/12/17/13#art-18