Título TÍTULO XI›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición adicional decimoprimera
137 / 146En vigor desde 1 ene 2025
La Administración autonómica desarrollará un plan de formación con la finalidad de facilitar la adquisición de las competencias y habilidades necesarias para la gestión de los procedimientos de dependencia y discapacidad.
En concreto, para las/los trabajadoras/res sociales de referencia, se realizarán periódicamente sesiones divulgativas, campañas de difusión, instrucciones o cualquier otra actuación orientada a los trabajadores sociales de referencia, con la finalidad de proporcionarles información actualizada con las modificaciones normativas, novedades de gestión y otros cambios relativos a los procedimientos de reconocimiento de la situación de dependencia y discapacidad.
Se añade por el .4 de la Ley 5/2024, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2025-2145
Tus anotaciones
Proeli/es-ga/l/2008/12/03/13#disposicion-adicional-decimoprimera