Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 33
33 / 43En vigor desde 23 ene 2009
1. La Comisión Permanente de Familia constituye el foro específico de participación de los agentes sociales implicados en la protección, atención y apoyo a las familias.
2. Sus funciones, composición y régimen de funcionamiento se establecerán reglamentariamente.
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Proeli/es-pv/l/2008/12/12/13#art-33